Se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado la Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática. La Ley entra en vigor al día siguiente de su publicación.
La Disposición Adicional Octava de la Ley de Memoria Democrática, sobre adquisición de la nacionalidad española, ofrece su posibilidad de solicitar la nacionalidad a:
- Los nacidos fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido españoles, y que, como consecuencia de haber sufrido exilio por razones políticas, ideológicas o de creencia o de orientación e identidad sexual, hubieran perdido o renunciado a la nacionalidad española.
- Los hijos e hijas nacidos en el exterior de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad por casarse con extranjeros antes de la entrada en vigor de la Constitución de 1978
- Los hijos e hijas mayores de edad de aquellos españoles a quienes les fue reconocida su nacionalidad de origen en virtud del derecho de opción de acuerdo a lo dispuesto en la presente ley
Hay que destacar que la nueva Ley no tiene un límite de edad para los solicitantes. Únicamente que los solicitantes de la nacionalidad española dispondrán de dos años para realizar la tramitación, a partir del 20 de octubre del 2022, con la posibilidad de ampliar un año más.
¿Cómo te podemos ayudar?
Si estas interesado en solicitar la nacionalidad española, no dudes en contactar con nosotros. Nuestro equipo le informará y solicitará los tramites para poder disponer de la nacionalidad española.
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