Se ha publicado el Decreto Ejecutivo 193 de 15 de octubre de 2024, el cual modifica disposiciones de la categoría de Residente Permanente por razones económicas: Inversionista Calificado.
Se han añadido nuevas formas de inversión, dando capacidad a inversionistas extranjeros a contar con mayores opciones para optar por la Residencia Permanente en Panamá, así como nuevas formas de comprobación, incluyendo la promesa de compraventa.
Con este nuevo decreto, se puede obtener la residencia permanente en Panamá con una inversión que tiene como monto mínimo trescientos mil dólares americanos ($ 300,000.00), en algunas de las siguientes formas:
1. Inversión Inmobiliaria: Trescientos mil dólares americanos ($ 300,000.00) en la compra de un bien inmueble, libre de gravámenes. De ser el inmueble de una cifra mayor a esta, el resto puede ser financiado en un banco local.
2. Inversión a través de contrato promesa de compraventa de trescientos mil dólares americanos (U$ 300,000.00), en los siguientes supuestos:
A. Deposito de Fideicomiso, manejado por un Banco o Fiduciaria de Panamá, para lo cual se deberá aportar:
• Copia autenticada ante notario del contrato y original (o copia autenticada ante notario) del contrato de fideicomiso en el cual deberá establecerse que la totalidad de la suma dada en fideicomiso se desembolsará para el pago de las obligaciones que asume el fideicomitente con motivo de la promesa de compraventa celebrada con la empresa inmobiliaria.
B. Por medio del pago al promotor o promitente vendedor del 100% del bien inmueble que aún no haya sido no se haya construido o no se haya segregado en el Registro Público, para lo cual se deberá aportar:
• Copia autenticada del Contrato de compraventa
• Garantía Bancaria de cumplimiento a favor de la inversionista constituida con una serie de condiciones.
3. Inversión en Valores: Sera elegible para esta categoría aquellas personas que realicen una o varias inversiones a través de una Casa de Valores por un monto de quinientos mil dólares americanos ($ 500,000.00) en títulos valores emisores, cuyos negocios incidan en el territorio nacional, a través de la Bolsa de Valores de Panamá, y cuyo compromiso se mantenga al menos por cinco años.
4. Inversión en Deposito de Plazo Fijo: El extranjero que haga una inversión de setecientos cincuenta mil dólares americanos ($ 750,000.00) mediante un depósito de plazo fijo podrá calificar para la residencia permanente. Esta debe realizarse en un banco local con licencia natural, y que dicho deposito tenga un término de mínimo de cinco años.
En todos los casos y dependiendo de forma en que planea hacer la inversión en Panamá, hay que seguir el debido procedimiento y la presentación de documentos que ahí se establecen. Se debe demostrar que los fondos provienen de fuente extranjera y puede ser mediante persona natural o jurídica, en este último caso el solicitante debe ser el beneficiario final.


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