Nacionalidad Española

DERECHO A LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA EN LA LEY DE MEMORIA DEMOCRÁTICA

La Ley de Memoria Democrática de España fue definitivamente aprobada el pasado 21 de octubre de 2022. La Ley entró en vigor al día siguiente de su publicación.

La Ley de Memoria Democrática o también llamada “Ley de Nietos” ofrece la posibilidad de solicitar la nacionalidad española a:

  • Los nacidos fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido españoles, y que, como consecuencia de haber sufrido exilio por razones políticas, ideológicas o de creencia o de orientación e identidad sexual, hubieran perdido o renunciado a la nacionalidad española.
    • Para corroborar el exilio, existe una presunción que considera como exiliado a quienes hayan viajado fuera de España entre el 18 de julio de 1936 hasta el 31 de diciembre de 1955. Únicamente en caso de que la salida haya sido posterior a dicha fecha, se deben aportar medios probatorios que acrediten el exilio.
  • Los hijos e hijas nacidos en el exterior de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad por casarse con extranjeros antes de la entrada en vigor de la Constitución de 1978.
  • Los hijos e hijas mayores de edad de aquellos españoles a quienes les fue reconocida su nacionalidad de origen en virtud del derecho de opción de acuerdo con lo dispuesto en la presente ley.

Hay que destacar que la nueva Ley no tiene un límite de edad para los solicitantes. Únicamente que los solicitantes de la nacionalidad española dispondrán de dos años para realizar la tramitación, a partir del 21 de octubre del 2022, con la posibilidad de ampliar un año más.

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