El pasado 8 de noviembre de 2022 entró en vigor el Real Decreto número 889/2022, de 18 de octubre que introdujo un nuevo sistema “express” de homologación y declaración de equivalencia de títulos o diplomas con validez oficial obtenidos en el marco de sistemas de educación superior extranjeros.
Anteriormente a la mencionada Ley, el procedimiento de homologación de títulos extranjeros podía tardar hasta 2 años; sin embargo ahora, a raíz de esta reforma, la Administración Pública está obligada a emitir una resolución dentro del plazo máximo de 6 meses, a partir de la recepción de la solicitud (de aquí, la denominación “express”).
Si los procedimientos de homologación y equivalencia se iniciaron con lo establecido en la Ley anterior, Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, será posible presentar una nueva solicitud según lo previsto en la reforma, siempre que aún no se le haya notificado el trámite de audiencia en el expediente anterior y que la nueva solicitud incluya una petición de desistimiento del trámite anterior.
En estos casos, no será necesario volver a efectuar el pago de las tasas administrativas correspondientes siempre y cuando el pago de las anteriores se haya realizado correctamente.
Finalmente, es importante remarcar que esta Ley solo se aplica a títulos universitarios oficiales que se correspondan con estudios ya finalizados y que solo abarca esas profesiones reguladas en España y contenidas en el anexo de la propia Ley.
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