RUMANÍA Y BULGARIA SE INTEGRARÁN PLENAMENTE AL ESPACIO SCHENGEN A PARTIR DE ENERO DE 2025

La Unión Europea (UE) ha aprobado el último paso necesario para la plena incorporación de Rumanía y Bulgaria al espacio Schengen de libre circulación, un avance significativo que entrará en vigor el 1 de enero de 2025. Esta medida supondrá la eliminación definitiva de los controles fronterizos terrestres, permitiendo una integración completa que beneficiará no solo a los ciudadanos de estos países, sino al conjunto de Europa en términos económicos, sociales y de movilidad.

Desde su incorporación parcial al espacio Schengen en marzo de 2024, Rumanía y Bulgaria habían conseguido la eliminación de los controles en las fronteras aéreas y marítimas. No obstante, los controles terrestres continuaron vigentes, principalmente debido a la oposición de Austria, que exigía mayores esfuerzos en la gestión de la migración irregular. Ahora, tras constatar una reducción significativa en los cruces no autorizados, Austria ha retirado sus objeciones, allanando el camino hacia una adhesión completa.

Un impulso clave para la economía y la integración europea

La ampliación del espacio Schengen a 29 países representa un hito en el proceso de integración europea. Este espacio, creado en 1985, facilita el libre movimiento de personas al eliminar los controles en las fronteras internas, promoviendo un flujo más ágil de bienes, servicios y viajeros. Actualmente, más de 420 millones de ciudadanos residen en países Schengen, y cada día se estima que 3,5 millones de personas cruzan alguna de sus fronteras internas.

La eliminación de los controles fronterizos terrestres en Rumanía y Bulgaria beneficiará directamente a:

  1. Viajeros y trabajadores transfronterizos: Los tiempos de espera en las fronteras se reducirán drásticamente, lo que facilitará los desplazamientos diarios y los viajes entre países europeos. Esto será especialmente positivo para los millones de rumanos y búlgaros que viven y trabajan en otros Estados miembros, quienes podrán regresar a casa de manera más rápida y económica.
  2. Empresas y comercio: La eliminación de barreras fronterizas disminuirá los costos logísticos y mejorará la eficiencia del transporte terrestre de mercancías. Esto impulsará el comercio entre Rumanía, Bulgaria y el resto de Europa, fortaleciendo sus economías locales y atrayendo nuevas inversiones extranjeras.
  3. Turismo: La plena adhesión también incentivará el turismo al eliminar los controles, facilitando la llegada de visitantes y generando oportunidades económicas adicionales en ambos países.

Beneficios para la Unión Europea en su conjunto

La ampliación del espacio Schengen fortalece la idea de unidad europea, facilitando el tránsito de personas y mercancías sin obstáculos.

Esta decisión responde a un compromiso pendiente de la Unión Europea con Rumanía y Bulgaria, consolidando la integración total de ambos países en las políticas comunes de movilidad y libre circulación.

La ampliación del espacio Schengen: un símbolo de integración

El espacio Schengen es uno de los mayores logros de la Unión Europea y un símbolo de integración. Al eliminar las fronteras internas, ha facilitado la creación de un entorno económico dinámico, el fortalecimiento de las relaciones entre países y una mayor libertad para los ciudadanos europeos. La incorporación de Rumanía y Bulgaria reafirma este compromiso, ampliando aún más los beneficios de la libre circulación.

La plena integración en Schengen representa una oportunidad histórica para atraer inversión extranjera, estimular el comercio transfronterizo y facilitar el desarrollo de sectores clave como la logística, el transporte y el turismo. Además, la medida refuerza el sentimiento de pertenencia de Rumanía y Bulgaria a la comunidad europea, eliminando barreras físicas y simbólicas que durante años separaron a estos países del resto de Europa.

En resumen

Rumanía y Bulgaria son ahora miembros de pleno derecho del espacio Schengen de la UE, a partir del 1 de enero. Esto marca el final de una espera de 13 años para los dos países y abre nuevas oportunidades para viajes y conectividad sin inconvenientes en toda Europa.

Novedades clave:

  • Los controles fronterizos entre Rumanía, Bulgaria y los países vecinos de la UE han cesado oficialmente.
  • Los ciudadanos de ambos países ahora pueden viajar por la zona Schengen de 27 miembros, incluidos destinos como Francia, España y Noruega, sin pasaporte.
  • Los controles aleatorios en las fronteras continuarán durante los próximos seis meses, centrándose principalmente en los vehículos más grandes, para disuadir la actividad delictiva.

Este hito marca un gran paso adelante para la movilidad, la conexión y la colaboración en Europa. No se trata solo de viajar más fácilmente, sino también de construir vínculos más fuertes, dar la bienvenida a una nueva ola de turistas y fomentar la unidad.

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REINO UNIDO – OBLIGATORIEDAD DE SOLICITAR LA AUTORIZACIÓN ELECTRÓNICA DE VIAJE (ETA) A PARTIR DE 2025

El Gobierno del Reino Unido ha anunciado que a partir de 2025 será obligatorio obtener la Autorización Electrónica de Viaje (ETA) para ingresar o transitar por el país. Este nuevo requisito aplicará tanto a ciudadanos europeos como a ciudadanos no europeos que cumplan los requisitos para viajar sin visado.

A partir del 8 de enero de 2025, los ciudadanos no europeos deberán disponer de la ETA, para ellos podrán comenzar a solicitarla desde el 27 de noviembre de 2024. Serán los viajeros de los siguiente países: Antigua y Barbuda, Argentina, Australia, Bahamas, Barbados, Belice, Botswana, Brasil, Brunéi, Canadá, Chile, Colombia, Costa Rica, Granada, Guatemala, Guyana, Hong Kong, Israel, Japón, Kiribati, Macao, Malasia, Maldivas, Islas Marshall, Mauricio, México, Micronesia, Nauru, Nueva Zelanda, Nicaragua, Palau, Panamá, Papúa Nueva Guinea, Paraguay, Perú, Samoa, Seychelles, Singapur, Islas Salomón, Corea del Sur, San Cristóbal y Nieves, Santa Lucía, San Vicente y las Granadinas, Taiwán (con pasaporte que incluya el número de identificación emitido por Taiwán), Tonga, Trinidad y Tobago, Tuvalu, Estados Unidos y Uruguay.

Por su parte, los ciudadanos europeos podrán iniciar el proceso de solicitud desde el 5 de marzo de 2025 que les permitirá viajar al Reino Unido desde el 2 de abril de 2025.

La Autorización Electrónica de Viaje (ETA) del Reino Unido se implementará de manera escalonada para los viajeros que actualmente no requieren visado:

  • Para ciudadanos de países no europeos: La solicitud de la ETA estará disponible a partir del 27 de noviembre de 2024 y será obligatoria para ingresar al Reino Unido desde el 8 de enero de 2025.
  • Para ciudadanos de países europeos: La solicitud de la ETA podrá realizarse desde el 5 de marzo de 2025 y será un requisito obligatorio a partir del 2 de abril de 2025.

Es importante destacar que los ciudadanos británicos e irlandeses están exentos de este requisito.

El nuevo requisito afectará a todos los viajeros que lleguen a los principales aeropuertos internacionales del Reino Unido, incluyendo: Londres Heathrow (LHR), Londres Gatwick (LGW), Mánchester (MAN), Edimburgo (EDI), Birmingham (BHX), Glasgow (GLA).

La exigencia de la ETA también impactará a los viajeros en tránsito, quienes deberán asegurarse de cumplir con este trámite antes de sus conexiones internacionales. Esto podría generar retrasos para aquellos que no estén informados o no hayan gestionado su autorización con antelación.

  • Se recomienda solicitar la ETA tan pronto como sea posible después de que se habilite el sistema en las fechas indicadas.
  • Para gestionar la ETA y obtener información detallada, los viajeros deben visitar la página oficial del Gobierno del Reino Unido (gov.uk/electronictravelauthorisation).
  • Asegurarse que el pasaporte esté en regla y que la información coincida con los datos de la solicitud. Cualquier discrepancia podría resultar en la denegación de entrada al Reino Unido.
  • Los viajeros en conexión deben considerar tiempos adicionales para cumplir con el nuevo requisito y evitar contratiempos en sus itinerarios.

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PAÍSES BAJOS: NUEVOS UMBRALES SALARIALES PARA MIGRANTES ALTAMENTE CUALIFICADOS EN 2025

El Servicio de Inmigración y Naturalización de los Países Bajos (IND) ha anunciado los nuevos umbrales salariales que aplicarán a partir del 1 de enero de 2025 para empleados extranjeros que se encuentren en categorías como Migrantes Altamente Cualificados (Highly Skilled Migrants o HSM), graduados y titulares de la Tarjeta Azul de la Unión Europea (EU Blue Card). Estos cambios son especialmente relevantes para empresas que deseen contratar talento internacional, así como para profesionales interesados en trabajar en los Países Bajos bajo estas condiciones.

Nuevos umbrales salariales mensuales brutos

A continuación, se detallan los salarios mínimos mensuales que deberán recibir los empleados según su categoría:

  • Migrantes Altamente Cualificados (HSM) y Transferencias Intraempresariales de la UE (EU ICT) mayores de 30 años: €5.688.
  • HSM y EU ICT menores de 30 años: €4.171.
  • HSM Graduados: €2.989.
  • Tarjeta Azul de la UE (EU Blue Card): €5.688.
  • Tarjeta Azul de la UE para Graduados: €4.551.

Estos montos representan los requisitos salariales mínimos brutos que las empresas deben garantizar para que las solicitudes de permiso de residencia o trabajo sean aprobadas por las autoridades.

Detalles importantes sobre los nuevos umbrales

Es esencial cumplir con una serie de criterios adicionales relacionados con la forma en que se abonan estos salarios. Según las directrices del IND:

  • Los salarios indicados no incluyen la asignación por vacaciones. Este beneficio es adicional y no puede contarse como parte del umbral salarial mínimo.
  • Los pagos deben realizarse directamente en la cuenta bancaria del empleado.
  • Las asignaciones y beneficios solo se considerarán como parte del salario si:
    • Están especificados en el contrato.
    • Son fijos o garantizados.
    • Se abonan de manera mensual.
    • Se pagan en efectivo, no en especie.

Aplicación de las nuevas tarifas

Estas tarifas salariales serán aplicables a las solicitudes enviadas a las autoridades de inmigración (IND) a partir del 1 de enero de 2025. Esto incluye:

  • Contrataciones locales.
  • Asignaciones temporales de empleados (por ejemplo, en el caso de transferencias intraempresariales).
  • Renovaciones o extensiones de permisos existentes.

Impacto en empresas y profesionales

Este anuncio subraya el compromiso de los Países Bajos con el mantenimiento de estándares salariales competitivos para atraer y retener talento internacional altamente cualificado. Sin embargo, las empresas deben asegurarse de que cumplen estrictamente con estos requisitos para evitar posibles rechazos de solicitudes o renovaciones.

Para los profesionales, especialmente aquellos menores de 30 años o recién graduados, estos umbrales salariales reflejan oportunidades diferenciadas según la etapa de su carrera profesional. En particular, los graduados que deseen trabajar bajo la Tarjeta Azul de la UE disponen de una opción más accesible en comparación con otros perfiles.

Qué hacer si estás afectado

Las empresas y los profesionales internacionales interesados deben tomar medidas para garantizar que todos los contratos laborales y las nóminas cumplan con estos nuevos requisitos. Es recomendable:

  1. Revisar los contratos actuales y asegurarse de que se ajustan a los umbrales salariales anunciados para 2025.
  2. Contactar a asesores legales o expertos en inmigración para confirmar que se cumplen todas las normativas relacionadas con permisos de trabajo.
  3. Informarse sobre posibles cambios adicionales a través del sitio web oficial del IND.

Conclusión

Los nuevos umbrales salariales son parte del esfuerzo de los Países Bajos para mantener un entorno competitivo y transparente en la contratación de trabajadores extranjeros. Las empresas y los profesionales deben estar atentos a estos cambios para asegurarse de que las solicitudes de permisos de trabajo y residencia sean aprobadas sin contratiempos.

Para más información, consulta las directrices completas en el sitio web del IND o en el portal de la Tarjeta Azul de la UE.

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ESPAÑA DEROGA LA NORMATIVA QUE PERMITÍA EL USO DE PASAPORTES VENCIDOS PARA CIUDADANOS VENEZOLANOS

El pasado 19 de noviembre de 2024, el Gobierno español derogó la instrucción conjunta emitida el 15 de marzo de 2019 que permitía a los ciudadanos venezolanos presentar pasaportes caducados para realizar trámites de extranjería en el país. Esta medida, que había sido concebida como una solución excepcional, deja ahora de estar vigente debido a la normalización de la renovación de pasaportes por parte de los consulados de Venezuela.

Un contexto marcado por la crisis venezolana

En 2019, la grave crisis política, económica y social que atravesaba Venezuela había generado múltiples dificultades para los ciudadanos venezolanos dentro y fuera de su país. Una de estas dificultades era la imposibilidad de renovar pasaportes debido al colapso administrativo en los consulados venezolanos. Ante esta situación, España adoptó la medida extraordinaria de permitir el uso de pasaportes vencidos como documento válido para regularizar la situación migratoria de los venezolanos en el territorio español.

La normativa, recogida en una instrucción conjunta del 15 de marzo de 2019, representó un alivio para miles de ciudadanos venezolanos que buscaban formalizar su estancia en España a pesar de no contar con un pasaporte vigente. Durante estos años, esta medida permitió a muchos acceder a permisos de residencia y trabajo, garantizar su derecho a la sanidad, así como realizar otros trámites esenciales para su integración en el país.

Fin de la medida excepcional

Con la decisión tomada el 19 de noviembre de 2024, esta instrucción queda derogada. Según fuentes oficiales, la medida se fundamenta en que las autoridades venezolanas han normalizado el proceso de renovación de pasaportes en sus consulados. Por lo tanto, los ciudadanos venezolanos que deseen iniciar procedimientos de extranjería en España deberán presentar un pasaporte vigente.

Es importante subrayar que esta derogación aplica únicamente a los trámites iniciados a partir de la fecha de la derogación. Aquellos procedimientos en curso que se hayan iniciado previamente seguirán rigiéndose por la normativa anterior, por lo que no se verán afectados por este cambio.

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BRASIL ESTABLECE NUEVAS NORMAS PARA ATRAER NÓMADAS DIGITALES: VISADO TEMPORAL Y RESIDENCIA PARA INMIGRANTES QUE TRABAJAN DE FORMA REMOTA

El Consejo Nacional de Inmigración (CNIG) del Ministerio de Justicia y Seguridad Pública de Brasil ha aprobado la Resolución CNIG/MJSP N° 45, una medida que permite la concesión de visa temporal y autorización de residencia a inmigrantes conocidos como “nómadas digitales”. Esta resolución está dirigida a aquellos profesionales extranjeros que trabajan de manera remota para empleadores fuera de Brasil, aprovechando la flexibilidad de las tecnologías de la información y la comunicación.

¿Qué es un “nómada digital”?

Según la nueva normativa, un “nómada digital” es definido como el inmigrante que, usando tecnologías digitales, es capaz de realizar su actividad laboral de manera remota, estando físicamente presente en Brasil pero trabajando para una empresa extranjera. Este tipo de trabajadores no mantiene un vínculo con empleadores locales y su empleo depende exclusivamente de su conexión a Internet.

La normativa específica que no se considerará a aquellos inmigrantes que trabajen para empresas brasileñas o que tengan algún tipo de vínculo laboral dentro del país, ni a aquellos cuya residencia haya sido solicitada con base en otro tipo de autorización prevista en normativas anteriores.

¿Cómo Solicitar el Visado Temporal?

Para aquellos que deseen ser considerados como nómadas digitales en Brasil, el proceso de solicitud comienza con la obtención de una visa temporal. Para ello, los interesados deberán presentar una serie de documentos ante las autoridades consulares de Brasil.

El plazo inicial de residencia bajo este visado será de hasta un año, permitiendo que el inmigrante pueda disfrutar de su estancia en Brasil mientras realiza su trabajo remoto.

Requisitos Adicionales para la Autorización de Residencia en Brasil

Para aquellos que ya se encuentran en Brasil y desean regularizar su situación bajo la figura de “nómada digital”, podrán solicitar la autorización de residencia ante el Ministerio de Justicia y Seguridad Pública.

Renovación de la Residencia

El permiso de residencia bajo esta normativa puede renovarse por un período adicional de hasta un año, siempre que el inmigrante continúe cumpliendo con los requisitos establecidos, como la presentación de los documentos que acrediten su condición de “nómada digital”, así como la demostración de que sus medios de subsistencia siguen siendo suficientes.

Posibles Consecuencias de Omisiones o Falsificaciones

Es importante destacar que, si en cualquier momento se detecta la omisión de información relevante o la falsificación de documentos durante el proceso, el solicitante podrá enfrentar la cancelación de su visa y la revocación de la autorización de residencia. Las autoridades competentes abrirán un proceso de cancelación conforme al Decreto N° 9.199 de 2017, sin perjuicio de las medidas legales de responsabilidad civil y penal que correspondan.

Impacto de la Medida y Entrada en Vigor

La Resolución CNIG/MJSP N° 45 entra en vigor a partir de su publicación y marca un paso importante para Brasil en su objetivo de atraer a profesionales extranjeros que, como nómadas digitales, desean aprovechar la infraestructura del país para desarrollar sus carreras mientras disfrutan de la calidad de vida que Brasil tiene para ofrecer.

La normativa refuerza la posición de Brasil como un destino atractivo para los trabajadores remotos internacionales, que cada vez más están buscando países que ofrezcan un entorno adecuado para trabajar de manera flexible y aprovechar nuevas oportunidades laborales en un contexto globalizado y digitalizado.

A través de este programa, Brasil no solo facilita la entrada de estos trabajadores, sino que también impulsa la economía digital y la innovación en el país, generando un impacto positivo en sectores relacionados con la tecnología, el turismo y el mercado de consumo.

Este tipo de iniciativas son cada vez más comunes a medida que los países buscan adaptarse a las nuevas realidades del trabajo remoto, incentivando la llegada de talentos globales para contribuir a sus economías de una forma innovadora y moderna.

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ESPAÑA Y HONDURAS FIRMAN UN ACUERDO DE RECONOCIMIENTO Y CANJE DE PERMISOS DE CONDUCCIÓN

El pasado 9 de octubre, el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el acuerdo bilateral entre el Reino de España y la República de Honduras sobre el reconocimiento recíproco y el canje de permisos de conducción nacionales. Este convenio tiene como objetivo facilitar la movilidad de los ciudadanos de ambos países, garantizando la homologación de sus permisos de conducción bajo condiciones de seguridad vial y conformidad con la normativa internacional.

A partir del día 26 de noviembre de 2024, entra en vigor el convenio de canje con Honduras ya partir de ahora se podrán solicitar peticiones de cita de canje. Tal y como se hace con el resto de canjes de convenio, que se verifican con cita previa, deberá presentarse la carpeta el día de la cita con toda la documentación necesaria.

Principales puntos del acuerdo:

  1. Reconocimiento recíproco: Los permisos de conducción nacionales expedidos en uno de los dos países serán válidos para conducir temporalmente en el territorio del otro, siempre que cumplan con las condiciones establecidas.
  2. Canje de permisos sin pruebas adicionales: Los titulares de permisos de conducción válidos y vigentes podrán solicitar el canje por un permiso equivalente en el país de residencia sin necesidad de realizar exámenes teóricos o prácticos. Sin embargo, para permisos de clases específicas (C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D y D+E), se requerirá una prueba práctica de circulación.
  3. Verificación de autenticidad: Previo al canje, las autoridades de cada país intercambiarán información para verificar la validez del permiso original.
  4. Duración indefinida del acuerdo: El convenio estará vigente indefinidamente, aunque cualquiera de las Partes podrá denunciarlo con un preaviso de 90 días.

Autoridades competentes:

  • En España: La Dirección General de Tráfico (DGT).
  • En Honduras: La Dirección Nacional de Vialidad y Transporte (DNVT).

Este acuerdo refleja la cooperación entre ambos países en materia de movilidad y respeto a los derechos fundamentales, garantizando la protección de datos personales en los procesos de intercambio de información.

Para más detalles, consulta el texto completo del acuerdo publicado en el BOE: Acceso al documento.

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EL GOBIERNO APRUEBA UN NUEVO REGLAMENTO DE EXTRANJERÍA PARA MEJORAR LA INTEGRACIÓN DE LAS PERSONAS MIGRANTES

El Consejo de Ministros aprobó el pasado 19 de noviembre, a propuesta del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, un nuevo Reglamento de Extranjería que tiene como principales objetivos adecuar la norma a la situación migratoria actual, satisfacer las necesidades de nuestro mercado laboral y de las personas migrantes, así como hacer frente al reto demográfico de nuestro país. Por otra parte, el nuevo texto cumple con el derecho de la Unión Europea a través de la transposición de directivas pendientes y la aplicación de los reglamentos comunitarios.

Principales novedades: visados

El nuevo texto crea un título específico para los visados, que clarifica el esquema de autorizaciones, los requisitos y los trámites en general. Todas las autorizaciones iniciales van a ser de un año y las renovaciones, de cuatro.

De esta forma, se evitan situaciones de irregular sobrevenida, algo que también se ha querido evitar en la nueva norma al aclarar y simplificar los trámites para el cambio de una situación de residencia a otra. Por ejemplo, no será necesario abandonar nuestro país para obtener la residencia de larga duración después de haber tenido una temporal.

También se ha extendido a un año el visado para la búsqueda de empleo, que antes era una autorización de 3 meses. Este visado permite la búsqueda de empleo en determinadas ocupaciones y ámbitos territoriales, de forma que los 12 meses van a facilitar que las personas consigan un trabajo adecuado a su perfil profesional y, al mismo tiempo, que las empresas encuentren los profesionales que necesitan.

Principales novedades: cinco figuras de arraigo

Mención específica merecen en esta reforma las figuras de arraigo. España es el único país de la Unión Europea que dispone de una figura específica para regularizar a las personas día a día a través del arraigo con cinco modalidades: el social, sociolaboral, familiar, socioformativo y de segunda oportunidad, que es una de las novedades más importantes de este nuevo Reglamento. Esta nueva modalidad va dirigida a las personas que han tenido una autorización de residencia en los últimos dos años y no se hubiera renovado por diversas razones.

El objetivo es reforzar y ampliar las vías de acceso a la regularización de las personas migrantes que están en España, para que puedan llevar una vida plena como ciudadanos: tener derechos y tener deberes.

Estas figuras se homogeneizan y se reduce el tiempo de permanencia en España de 3 a 2 años. Asimismo, se flexibilizan los requisitos a cumplir y se habilita a trabajar tanto por cuenta ajena como propia desde el primer momento.

Todas estas autorizaciones serán de un año salvo la familiar, que será de 5.

Tres palancas de inclusión: trabajo, formación y familia

En conjunto, el Reglamento abre puertas que antes estaban cerradas mediante tres llaves: la formación, el empleo y la familia. Tres llaves que nos llevan a la inclusión, pero siendo muy exigentes con los requisitos jurídicos y exquisitos con los derechos humanos.

  • Trabajo

En este sentido, la mayor parte de las autorizaciones reguladas en este reglamento habilitan para trabajar desde el primer momento, sin tener que solicitar de forma expresa una autorización inicial de trabajo por cuenta ajena. Esto incluye a las personas que vienen a realizar estudios, que podrán trabajar hasta 30 horas a la semana. De esta forma, se fomenta la inclusión del migrante y su integración en la sociedad.

En cuanto a las actividades de temporada, se ha creado una autorización específica de residencia y trabajo que facilita la contratación tanto a nivel individual como colectivo. Además, se mejora la protección de los derechos de los trabajadores, ya que deberán tener información concreta y escrita (en un idioma que comprendan) de sus condiciones laborales, de estancia y demás gastos. También se mejoran sus condiciones de habitabilidad y la seguridad del trabajador desde que sale de su país hasta que se da de alta en la Seguridad Social aquí. A esto se suma una mejora en la posibilidad de cambio de empleador en caso de abuso o por otras causas que hayan impedido el desarrollo de la relación laboral (fallecimiento del empleador, plaga en la cosecha etc.).

Por otra parte, el texto promueve que los empresarios dispongan de más información en todo el proceso, que es más sencillo y flexible para que puedan adaptarse a las necesidades concretas como la duración determinada o la gestión colectiva de contrataciones. Ampliar los permisos de residencia (con la fórmula 1+4) da mayor estabilidad y más garantías a las empresas.

  • Formación

Otra de las novedades para los estudiantes es que van a poder contar con una autorización de estancia por estudios que dure el mismo tiempo que su formación, y se les va a facilitar una vía rápida para poder enlazar con una autorización de trabajo una vez acabada su formación.

Durante sus estudios estarán autorizados a trabajar un máximo de 30 horas semanales, e independientemente de la formación que estén cursando.

Se han reforzado los requisitos y las obligaciones de los centros de estudios, por lo que se les da a los estudiantes una protección superior a la actual.

  • Familia

Con el objetivo común de la inclusión, se ha mejorado la reagrupación familiar. Se ha creado una autorización de residencia para familiares de ciudadanos españoles, en cuyo caso se amplía la edad de los hijos hasta los 26 años (antes 21), y se contemplan realidades que hasta ahora se mantenían fuera, como la posibilidad de incluir a las parejas no registradas formalmente que pueda acreditar una relación afectiva análoga.

La mayoría de las personas que se van a beneficiar de esta medida son personas que han obtenido la nacionalidad española en los últimos años y pueden traerse a su familia.

También se amplía el concepto de familiar reagrupado a los hijos y progenitores de víctimas de trata, violencia sexual o de género.

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BRASIL FACILITA LA RESIDENCIA LABORAL PARA INMIGRANTES CON FORMACIÓN SUPERIOR EN EL PAÍS: NUEVAS MEDIDAS DE INTEGRACIÓN PROFESIONAL

El Consejo Nacional de Inmigración (CNIG) de Brasil ha dado un paso significativo en su política migratoria al aprobar la Resolución Nº 50/2024, que establece nuevos procedimientos para la concesión de autorizaciones de residencia con fines laborales a inmigrantes que hayan completado estudios de grado o posgrado stricto sensu en Brasil. Esta medida, que fue publicada el 5 de septiembre de 2024 en el Diario Oficial de la Unión, tiene como objetivo atraer y retener talento académico internacional, facilitando la integración de profesionales altamente cualificados al mercado laboral brasileño.

Objetivo de la resolución y beneficiarios

La nueva resolución está orientada a los inmigrantes que hayan obtenido su título de grado o posgrado en Brasil, específicamente aquellos que hayan cursado programas académicos en instituciones brasileñas acreditadas por el Ministerio de Educación. Se aceptarán tanto los cursos realizados de manera presencial como en modalidad híbrida, siempre que el proceso de evaluación final se haya llevado a cabo presencialmente en la institución educativa.

Uno de los puntos clave de la resolución es que la mayor parte de la formación debe haberse completado en Brasil, en instituciones acreditadas. Esto asegura que los inmigrantes que reciban la autorización de residencia laboral hayan tenido una formación adecuada y alineada con los estándares educativos del país. En principio, esta medida beneficia principalmente a los inmigrantes que han elegido Brasil para estudiar y ahora desean seguir desarrollando su carrera profesional en el país.

Sin embargo, la resolución establece algunas exclusiones. Quedan fuera de este beneficio aquellos estudiantes que participan en programas como el Estudiante-Convenio de Grado (PEC) del Gobierno Federal y la Universidad de Integración Internacional de la Lusofonía Afro-Brasileña (UNILAB). Estos programas, destinados a promover el intercambio cultural y educativo, establecen ciertas condiciones que deben cumplirse, como el retorno a los países de origen una vez finalizados los estudios. En este caso, la autorización de residencia solo se podrá solicitar después de cumplir con dichas obligaciones en el país de origen.

Una vez aprobada la solicitud, la autorización de residencia laboral será otorgada por un período inicial de hasta dos años. Durante este tiempo, el inmigrante podrá trabajar en Brasil en la misma área relacionada con sus estudios. Esta medida busca fomentar la estabilidad y el desarrollo profesional de los inmigrantes cualificados, así como contribuir al crecimiento económico del país.

Tras el período inicial de residencia, existe la posibilidad de solicitar la ampliación del plazo de residencia a indefinido, siempre que se cumplan los requisitos establecidos.

Un aspecto clave de la nueva resolución es que, para aquellos inmigrantes cuya área de formación requiera una habilitación profesional específica, como la aprobación en exámenes, pruebas, concursos o inscripción en un consejo profesional, deberán completar todas estas etapas antes de poder ejercer la profesión en Brasil. Esto garantiza que solo aquellos que cumplan con los requisitos profesionales exigidos por las leyes brasileñas puedan ejercer actividades reguladas.

Este aspecto de la resolución refleja el compromiso de Brasil con la calidad de sus profesiones reguladas y la protección de los estándares laborales, asegurando que los inmigrantes que se integren al mercado laboral estén debidamente preparados para ejercer su profesión.

Con esta medida, Brasil busca no solo facilitar la integración de inmigrantes cualificados al mercado laboral, sino también fortalecer su economía mediante la incorporación de profesionales formados en el país. La resolución permite a los inmigrantes beneficiarse de un entorno de trabajo estable y, al mismo tiempo, proporciona a las empresas brasileñas acceso a una mano de obra altamente capacitada.

El gobierno de Brasil espera que estas medidas contribuyan a retener talento académico internacional, facilitando que los profesionales extranjeros continúen su carrera en el país después de finalizar sus estudios, lo que favorece tanto a los inmigrantes como a las empresas que operan en el país.

La Resolución Nº 50/2024 entró en vigor el 5 de octubre de 2024, 30 días después de su publicación. A partir de esa fecha, los inmigrantes que cumplan con los requisitos podrán comenzar a presentar sus solicitudes de autorización de residencia laboral, contribuyendo al fortalecimiento de la fuerza laboral de Brasil y promoviendo la integración de los inmigrantes en su tejido económico y social.

Esta iniciativa es un paso importante para consolidar a Brasil como un destino preferido para los talentos internacionales, ofreciendo oportunidades para quienes elijan este país para continuar su formación y desarrollo profesional.

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ENTRADA AL ESPACIO SCHENGEN: LA FUTURA IMPLEMENTACIÓN DEL SES Y DEL SEIAV

El SES (Sistema de Entradas y Salidas) y el SEIAV (Sistema Europeo de Información y Autorización de Viajes) son sistemas informáticos automatizados de registro y control de datos personales de los nacionales de países no miembros de la Unión Europea que cruzan las fronteras exteriores del espacio Schengen.

Ninguno de los dos dispositivos está actualmente operativo. Su entrada en funcionamiento está prevista para 2025.

La Unión Europea y la gestión de las fronteras exteriores

Estas iniciativas europeas forman parte de un conjunto de medidas que tienen como objetivo mejorar la gestión de las fronteras exteriores de los Estados miembros del espacio Schengen.

Estos futuros sistemas automatizados tienen como objetivo mejorar la eficacia y la fiabilidad de los controles en las fronteras exteriores del espacio Schengen, permitiendo a los Estados miembros y a las agencias de la UE garantizar un mejor intercambio de la información con el fin de luchar contra la delincuencia transfronteriza y el terrorismo y de lograr una gestión más eficaz de las fronteras, en el marco del más estricto respeto por los derechos fundamentales y la legislación europea en materia de protección de datos personales.

SES (Sistema de Entradas y Salidas): un nuevo sistema automatizado de registro de datos de los nacionales de países no miembros de la UE que ingresan al espacio Schengen.

El SES es un dispositivo automatizado de recopilación digital de datos personales de nacionales de países no pertenecientes a la UE, sujetos o no a la obligación del visado, que se realizará a la entrada y a la salida del espacio Schengen.

En concreto, el SES sustituye el sellado manual de los pasaportes de los nacionales de terceros países y permitirá controlar electrónicamente la entrada, la salida, la denegación de entrada y la duración de la estancia de los nacionales de un país no perteneciente a la UE que crucen las fronteras exteriores del espacio Schengen para efectuar una estancia de corta duración (hasta 90 días durante un período de 180 días).

¿A quién está dirigido?

Está dirigido a los nacionales de países no pertenecientes a la UE, sujetos a la obligación del visado de corta duración y al SEIAV, que efectúen una estancia de corta duración (hasta 90 días durante un período de 180 días) en el territorio de un Estado miembro del espacio Schengen.

¿Qué datos personales serán registrados?

  • Fecha y hora de entrada y de salida.
  • Lugar de entrada y de salida.
  • Apellido(s) y nombre(s) del nacional.
  • Número de pasaporte del nacional.
  • Fotografía del nacional.
  • Impresión dactilar del nacional.
  • Registrará, asimismo, la eventual denegación de entrada para una estancia de corta duración.

SEIAV (Sistema Europeo de Información y Autorización de Viajes): un nuevo prerrequisito para los viajeros exentos de la obligación de visado de corta duración para acceder al territorio europeo

El SEIAV es una autorización de viaje, y no un visado, establecido por la Comisión Europea. Será exigido por los 30 Estados miembros del espacio Schengen ampliado. Es un sistema completamente electrónico, similar al Sistema Electrónico de Autorización de Viaje (ESTA) de Estados Unidos, que tiene por objetivo reforzar los controles de los viajeros extranjeros en la Unión Europea, con el objetivo de detectar potenciales amenazas.

Está previsto que entre en servicio en 2025.

¿A quién está dirigido?

El SEIAV estará dirigido a los nacionales de unos sesenta países no pertenecientes a la UE que gozan de una exención de la obligación de visado de corta duración para viajar al espacio Schengen ampliado.

Esta autorización de viaje tendrá una duración máxima de 90 días. Deberán solicitarla, con anterioridad al viaje al territorio europeo, los nacionales de terceros países afectados: la autorización será válida durante tres años, para entradas múltiples, o hasta la fecha de expiración de la validez del documento de viaje utilizado para realizar la solicitud.

La solicitud se realizará en línea, completando un simple formulario. La autorización de viaje se expedirá, en principio, en un período máximo de 96 horas a partir de la fecha de solicitud y del pago de un impuesto de 7 €. De ser necesario realizar una investigación complementaria, dicho período de tratamiento podrá ser prolongado.

Debe tenerse en cuenta que no se exigirá el pago del impuesto a los nacionales de terceros países menores de 18 años y mayores de 70 años, a los miembros de las familias de nacionales europeos ni a los nacionales de terceros países que tengan derecho a circular libremente en la Unión Europea.

Lista de países afectados por el SEIAV: Who should apply – European Union (europa.eu)

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MODIFICACIONES AL DECRETO PARA INVERSIONISTA CALIFICADO EN PANAMÁ

Se ha publicado el Decreto Ejecutivo 193 de 15 de octubre de 2024, el cual modifica disposiciones de la categoría de Residente Permanente por razones económicas: Inversionista Calificado.

Se han añadido nuevas formas de inversión, dando capacidad a inversionistas extranjeros a contar con mayores opciones para optar por la Residencia Permanente en Panamá, así como nuevas formas de comprobación, incluyendo la promesa de compraventa.

Con este nuevo decreto, se puede obtener la residencia permanente en Panamá con una inversión que tiene como monto mínimo trescientos mil dólares americanos ($ 300,000.00), en algunas de las siguientes formas:

1. Inversión Inmobiliaria: Trescientos mil dólares americanos ($ 300,000.00) en la compra de un bien inmueble, libre de gravámenes. De ser el inmueble de una cifra mayor a esta, el resto puede ser financiado en un banco local.

2. Inversión a través de contrato promesa de compraventa de trescientos mil dólares americanos (U$ 300,000.00), en los siguientes supuestos:

A. Deposito de Fideicomiso, manejado por un Banco o Fiduciaria de Panamá, para lo cual se deberá aportar:
• Copia autenticada ante notario del contrato y original (o copia autenticada ante notario) del contrato de fideicomiso en el cual deberá establecerse que la totalidad de la suma dada en fideicomiso se desembolsará para el pago de las obligaciones que asume el fideicomitente con motivo de la promesa de compraventa celebrada con la empresa inmobiliaria.

B. Por medio del pago al promotor o promitente vendedor del 100% del bien inmueble que aún no haya sido no se haya construido o no se haya segregado en el Registro Público, para lo cual se deberá aportar:
• Copia autenticada del Contrato de compraventa
• Garantía Bancaria de cumplimiento a favor de la inversionista constituida con una serie de condiciones.

3. Inversión en Valores: Sera elegible para esta categoría aquellas personas que realicen una o varias inversiones a través de una Casa de Valores por un monto de quinientos mil dólares americanos ($ 500,000.00) en títulos valores emisores, cuyos negocios incidan en el territorio nacional, a través de la Bolsa de Valores de Panamá, y cuyo compromiso se mantenga al menos por cinco años.

4. Inversión en Deposito de Plazo Fijo: El extranjero que haga una inversión de setecientos cincuenta mil dólares americanos ($ 750,000.00) mediante un depósito de plazo fijo podrá calificar para la residencia permanente. Esta debe realizarse en un banco local con licencia natural, y que dicho deposito tenga un término de mínimo de cinco años.

En todos los casos y dependiendo de forma en que planea hacer la inversión en Panamá, hay que seguir el debido procedimiento y la presentación de documentos que ahí se establecen. Se debe demostrar que los fondos provienen de fuente extranjera y puede ser mediante persona natural o jurídica, en este último caso el solicitante debe ser el beneficiario final.

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