REFORMA LEY EXTRANJERÍA

El 16 de agosto de 2022 entró en vigor el nuevo Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. Esta reforma quiere simplificar y agilizar la contratación de extranjeros y facilitar la atracción de talento internacional. La construcción de equipos multiculturales en las empresas ayuda a los procesos de internacionalización

Principales novedades introducidas:
  1. Más amplio catálogo de ocupaciones de difícil cobertura para facilitar la contratación de extranjeros en España
  2. Plazos reducidos para fomentar la contratación de extranjeros en el país de origen
  3. Plazo de renovación más largo de las tarjetas de Residencia (T.I.E)
  4. Facilidades para los extranjeros a la hora de conseguir el permiso de trabajo por cuenta propia
  5. Los visados de estudiantes permitirán a los extranjeros trabajar automáticamente, durante más horas y sin limitaciones geográficas
  6. Se elimina el anterior plazo de 3 años necesarios para poder modificar el visado de estudiante a permiso de trabajo
  7. Mejoras en los requisitos necesarios para la reagrupación familiar
  8. Grandes cambios en los arraigos laborales y sociales
  9. Facilidades para el arraigo de familiares de españoles
  10. Creación de la nueva figura de arraigo para la formación
  11. El permiso de trabajo renovado permitirá al extranjero trabajar tanto por cuenta ajena como por cuenta propia

 

Desde Expat Feliu te podemos acompañar en el diseño de tus políticas de impatriación y darle el asesoramiento integral en los ámbitos migratorios, laborales, fiscales y todo lo relacionado con las necesidades de relocations y aterrizaje de los trabajadores extranjeros en nuestro país.

ERASMUS: ¿ES NECESARIO UN SEGURO MÉDICO?

El Sistema Nacional de Salud (SNS) español, a pesar de ser uno de los mejores sistemas sanitarios de Europa, no cubre todos los gastos médicos en los que una persona puede incurrir (por ejemplo, determinados tratamientos, ciertos medicamentos, etc.) y, por ello, que en muchos casos puede compensar más la contratación de un seguro médico privado. Pero, ¿Se trata de un requisito obligatorio para los numerosos estudiantes qué deciden venir a España de Erasmus?

 

En 2013 se reformó la Ley por la que se rige el Sistema de Salud español y, a partir de entonces, muchos se quedaron excluidos de los servicios gratuitamente ofrecidos por el mismo. Por ello gran parte de los visados y permisos en España exigen la contratación de un seguro médico privado.  Para poner algunos ejemplos, podemos mencionar:

  • Obtención de la tarjeta de residencia comunitaria
  • Por regla general, registros en España (para ciudadanos de la UE)
  • Reagrupaciones familiares
  • Estudiantes con visado (no comunitarios)
  • Obtención de la residencia no lucrativa
  • Adquisición del visado de inversor

 

Como norma general, los ciudadanos europeos que se encuentran en España, están cubiertos por la Tarjeta Sanitaria Europea (European Health Insurance Card – EHIC) dentro de los primeros 90 días de su estancia en nuestro País.

Adicionalmente, la Ley española garantiza la misma cobertura a los extranjeros irregulares que se encuentren en España (incluyendo los estudiantes que quieran cursas un Erasmus a España), aunque bajo el plazo de los mencionados 90 días.

 

Los estudiantes europeos que quieran realizar un Erasmus están cubiertos por el EHIC. Sin embargo, si su estancia es superior a 3 meses (así como en el caso de estudiantes no europeos) es altamente recomendada la contratación de una póliza de seguro médico privado que deberá ser bastante completa y que, al menos, deberá cumplir con los siguientes aspectos:

  • No prever copagos
  • No tener tiempos de carencia
  • Proporcionar la máxima cobertura posible en todo el territorio nacional
  • Ofrecer hospitalización y desplazamiento
  • Incluir diferentes intervenciones quirúrgicas
  • Otros

 

En conclusión, antes del traslado temporal a España, es necesario que el estudiante realice todas las gestiones necesarias para que esté cubierto a nivel asistencial y sanitario en nuestro País y, por ello, será aconsejable contratar un buen seguro médico, teniendo en mente que no siempre la tarifa más económica es la ideal y que siempre es importante fijarse en la “letra pequeña”.

 

¿Quieres saber cuando es obligatorio contratar un seguro médico privado al realizar un Erasmus?

En FeliuN&I, gracias a nuestros expertos en la materia, te aconsejaremos y te mostraremos las mejores alternativas para no tener ningún problema en tu viaje o Erasmus y que leyes y obligaciones debes cumplir para tener todo en regla. No lo dudes, contacta con nosotros.

 

CHILE ADHERES TO THE MADRID SYSTEM

On April 4, 2022, the Government of the Republic of Chile deposited its instrument of accession to the Madrid Protocol, thus becoming the 111th member of the Madrid System.

The Republic of Chile becomes the most recent Southern Cone country to join the Madrid System, which currently covers 127 countries.

From now on, trademark owners in the Republic will be able to start using the Madrid Protocol to protect their marks in the other 126 territories of the System, by filing a single international application and paying a single set of fees.

 

The entry into force of the Madrid Protocol comes at a time of high demand for priority rights in Chile. The first half of 2022 closed with more than 28,478 trademark applications.

Chile’s accession further strengthens the Madrid Protocol’s position as a fundamental component of trademark protection on a global scale, offering a practical and more cost-effective solution to trademark owners around the world and, from now on, in the Southern Cone.

 

In addition, it doesn’t require the services of a representative in each destination country to enter the respective processing.

The application can be made in Spanish, which avoids incurring translation costs to third parties.

 

For more information about Chile or the Madrid Protocol, please contact us and our experts in the field will not hesitate to answer your questions.

 

CHILE SE ADHIERE AL SISTEMA DE MADRID

El 4 de abril de 2022, el Gobierno de la República de Chile depositó su instrumento de adhesión al Protocolo de Madrid, convirtiéndose así en el 111º miembro del Sistema de Madrid.

La República de Chile se convierte en el país más reciente del Cono Sur en incorporarse al Sistema de Madrid, que actualmente abarca con 127 países.

A partir de ahora, los propietarios de marcas de la República de Chile podrán comenzar a utilizar el Protocolo de Madrid para proteger sus marcas en los otros 126 territorios del Sistema, mediante la presentación de una única solicitud internacional y un único pago de un solo conjunto de tasas.

 

La entrada en vigor del Protocolo de Madrid se produce en un momento de alta demanda de los derechos de prioridad en Chile. El primer semestre de 2022 cerró con más de 28.478 solicitudes de marcas.

La adhesión de Chile refuerza aún más la posición del Protocolo de Madrid como un componente fundamental de la protección de las marcas a escala global, al ofrecer una solución práctica y más económica a propietarios de marcas en todo el mundo y, a partir de ahora, en el Cono Sur.

 

Además, no requiere la contratación de los servicios de un representante en cada país de destino para efectos de ingresar la respectiva tramitación.

La solicitud se puede realizar en el idioma español, lo que evita incurrir en costes de traducción a terceros.

 

Para más información sobre Chile o del Protocolo de Madrid, contacta con nosotros y nuestros expertos en la materia, no dudaran en  resolver e informarte sobre tus dudas

THE WORLD’S MOST POWERFUL PASSPORTS

Today, because of the global health crisis, being of one nationality and having passports from one country or another has become a privilege or a curse.

Prior to the pandemic, European countries had the most powerful passports when traveling or moving around the world, but this advantage has now been reversed. Japan, South Korea and Singapore (all Asian countries) now hold the most powerful and sought after travel documents.

 

A Japanese passport has the advantage of trouble-free or unrestricted entry to 193 countries, only one more than those of Singapore and South Korea, according to the latest Henley & Partners passport report.

Although at war with Ukraine, Russian travel documents ranked 50th on the list, providing easy access to 119 nations. China ranked 69th with access to 80 countries, India’s passport ranked 87th, and Afghanistan’s passport is the least powerful, as the passport holder can only enter 27 countries.

According to Henley & Partner’s chairman, it will still take time before travel or migration to other countries will be possible with complete freedom, thus inhibiting us from our innate freedom and instinct to move to other countries.

Before the pandemic, exactly in 2017, Asian countries were barely among the top 10 most accepted passports in the world.

The power of European countries has declined globally and Germany is one step behind South Korea in the ranking. The United Kingdom ranks sixth with access to 187 countries.

The United States, meanwhile, is in seventh place with a score of 186 countries, in the top 10 in the ranking of countries with the most travel facilities.

 

The index, which uses 17 years of data, helps wealthy individuals and governments assess the value of citizenships around the world based on which passports offer the most prolific visa-free or visa-on-arrival access.

Still, given that global travel has yet to fully recover from Covid’s restrictions, the index offers a theorist of the best documents to have as the world emerges from the pandemic.

 

If you need more information or to know the ranking of your country or directly how to mobilize, don’t hesitate to contact us. Our experts will advise and inform you perfectly.

 

 

LOS PASAPORTES MÁS PODEROSOS DEL MUNDO

Actualmente por culpa de la crisis sanitaria mundial, ser de una nacionalidad y tener pasaportes de un país u otro se ha vuelto un privilegio o una maldición.

Anteriormente a la pandemia, los países europeos teníamos los pasaportes mas poderosos al viajar o desplazándonos por el mundo, pero actualmente se ha revertido esta ventaja. Japón, Corea del Sud y Singapur (todos países asiáticos)  tienen actualmente en sus manos los documentos de viaje más poderosos y cotizados a la hora de viajar.

 

Un pasaporte japonés cuenta con la ventaja de entrada sin problemas o restricciones a 193 países, solo uno más que los de Singapur y Corea del Sur, según el último informe de pasaportes de Henley & Partners

Aunque estén en guerra con Ucrania, los documentos de viaje rusos ocupan el puesto 50 de la lista, lo que brinda un fácil acceso a 119 naciones. China ocupó el puesto 69 con acceso a 80 países, el pasaporte de la India ocupó el puesto 87 y el pasaporte de Afganistán es el menos poderoso, ya que el titular del pasaporte solo puede ingresar a 27 países.

Según el presidente de Henley & Partner, aún tardará en poderse realizar viajes o migraciones a otros países con total libertad, cohibiéndonos así de nuestra libertad e instinto innato de movernos a otros países.

Antes de la pandemia, exactamente en 2017, los países asiáticos apenas figuraban entre los 10 pasaportes más aceptados del mundo.

El poder de los países europeos ha disminuido respeto al mundo y Alemania va un paso detrás de Corea del Sur dentro del ranking. El Reino Unido ocupa el sexto lugar con acceso a 187 países

Mientras que en Estados Unidos, se posiciona en el séptimo lugar con una puntuación de 186 países, dentro del top 10 dentro del ranking de países con mas facilidades para poder viajar.

 

El índice, que utiliza 17 años de datos, ayuda a las personas adineradas y a los gobiernos a evaluar el valor de las ciudadanías de todo el mundo en función de qué pasaportes ofrecen el acceso más prolífico sin visado o con visado a la llegada.

Aún así, dado que los viajes globales aún no se han recuperado por completo de las restricciones de Covid, el índice ofrece una teórica de los mejores documentos para tener a medida que el mundo emerge de la pandemia.

 

Si necesitas más información o saber el ranking de tu país o directamente como movilizarte, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. Nuestros expertos te asesorarán e informaran a la perfección.

EB-5: PERMANENT RESIDENCE PERMIT IN THE USA

What is the EB-5 Green Card in the USA?

It is a special processing modality of Green Card (permanent residence permit in the USA) for those foreign applicants whose intention is to invest in “a new company”

Who can apply for this type of permanent residence in the USA. And what are the requirements to meet?

In order to apply for a Green Card under EB-5 processing, the following subjective and objective requirements should be taken into account:

  • As for the profile of the applicants, it will be that of a foreign investor and their dependents. Including in this sense spouses and unmarried children under 21 years of age. It is important to highlight that it is not an essential requirement that the applicant has previously obtained a visa in the USA.
  • As essential objective requirements to be able to apply for the Green Card EB-5, are:
    • Make an investment in a commercial “new company” in the USA. The amounts for investments today are:
      • Private company at USD 1,050,000
      • Areas considered highly complex and rural areas USD 800,000

Investments by foreign applicants made in bank funds or for the acquisition of real estate will not be taken into account.

  • Plan to create or retain a minimum of 10 permanent, full-time jobs for qualified American workers. Thus accrediting the creation of employment, directly or indirectly, depending on the type of “new company” and the corresponding investment.

 

How can we help you from Feliu N&I?

At Feliu N&I we offer advice and support: full legal, tax and labor throughout the process of processing and obtaining the EB-5 permanent residence permit in the USA, hand in hand with our local collaborators.

Our professionals will help you plan your strategy and analysis of investment possibilities and different applications of the “new company” concept in the USA. All this, within the legal framework and criteria of the competent US authority.

Also, after obtaining your permission, if you need our advice later, Feliu N&I has Relocation services and international tax advice at your disposal, to make both your business and personal project come true in the U.S.A.

If you have any questions, contact us and we will contact you as soon as possible.

EB-5: PERMISO DE RESIDENCIA PERMANENTE EN USA

¿Qué es la Green Card EB-5 en USA?

Se trata de una modalidad de procesamiento especial de Green Card (permiso de residencia permanente en USA.) para aquellos solicitantes extranjeros cuya intención sea invertir en “una nueva empresa”

 

¿Quién puede aplicar a este tipo de residencia permanente en USA. y cuáles son los requisitos a cumplir?

Para poder solicitar la obtención de una Green Card bajo el procesamiento EB-5, conviene tener en cuenta los siguientes requisitos subjetivos y objetivos:

  • En cuanto al perfil de los solicitantes, propiamente, será el de inversor/a extranjero y sus dependientes. Incluyendo en este sentido a cónyuges e hijos solteros menores de 21 años. Es importante resaltar que no es requisito imprescindible que el solicitante haya obtenido previamente un visado en USA.
  • Como requisitos objetivos indispensables para poder aplicar a la Green Card EB-5, se encuentran:
    • Realizar una inversión en una “nueva empresa” comercial en USA. Los importes para las inversiones a día de hoy son:
      • Empresa privada a 1.050.000 USD
      • Zonas consideradas de alta complejidad y zonas rurales 800.000 USD

No se tendrán en cuenta las inversiones de extranjeros solicitantes realizadas en fondos bancarios o para la adquisición de inmuebles.

  • Se planifique crear o conservar un mínimo de 10 puestos de trabajo permanentes, a tiempo completo y para trabajadores estadounidenses debidamente cualificados. Acreditando así, la creación de empleo, directa o indirectamente, dependiendo del tipo de “nueva empresa” y de la inversión correspondiente.

 

¿Cómo le podemos ayudar desde Feliu N&I?

En Feliu N&I les ofrecemos asesoramiento y apoyo: jurídico, fiscal y laboral íntegros en todo el procedimiento de tramitación y obtención del permiso de residencia permanente EB-5 en USA, de la mano de nuestros colaboradores locales.

Nuestros profesionales les ayudarán a planificar su estrategia y análisis de las posibilidades de inversión y distintas aplicaciones del concepto “nueva empresa” en USA. Todo ello, dentro del marco legal y criterios de la autoridad estadounidense competente.

Asimismo, obtenido su permiso, si precisan de nuestro asesoramiento posteriormente, Feliu N&I tiene a su disposición servicios de Relocation y asesoramiento fiscal internacional, para hacer realidad tanto su proyecto empresarial como personal en U.S.A.

Si tienen cualquier duda, contáctenos y nos pondremos en contacto con usted a la mayor brevedad posible.

¿PUEDES PEDIR PRESTACIÓN POR DESEMPLEO SI TRABAJAS EN REINO UNIDO Y QUIERES VOLVER A ESPAÑA?

 Una de las medidas que España ha adoptado para facilitar el retorno de nacionales que viven en el extranjero, es la posibilidad de que éstos puedan acceder a las mismas prestaciones reconocidas a los nacionales que viven en España, dentro de un marco de igualdad de derechos, reconociéndoles el derecho de computar en España los años cotizados en otro País.

Para poder acceder a las diferentes prestaciones previstas por la Ley, como la de jubilación, invalidez o desempleo. Por lo que concierne a esta última (generalmente conocida como “paro”), será suficiente acreditar, junto con otros requisitos, el retorno a España desde otro País, ya que esta situación en sí forma parte de las causas legales de desempleo requeridas por la Ley.

REQUISITOS:

En particular, el ciudadano español una vez retornado a España desde Reino Unido y en el caso de no encontrar una actividad laboral, podrá solicitar la prestación por desempleo, siempre que cumpla con determinados requisitos requeridos por la Ley:

  • Tener nacionalidad española;
  • Encontrarse en situación legal de desempleo (por ejemplo: despido, finalización de contrato, cese o simplemente retorno desde el extranjero);
  • Estar inscrito como demandante de empleo, permanecer inscrito mientras se recibe la prestación, estar disponible para buscar activamente empleo, cumplir el compromiso de actividad;
  • Haber cotizado en España un período mínimo de 360 días dentro de los seis años ante­riores a la fecha de emigración, y que estas cotizaciones no se hayan tenido en cuenta para acceder a una prestación anterior.
  • No estar percibiendo otra prestación similar en otro País;
  • No haber cumplido la edad ordinaria exigida en cada caso para acceder a la prestación de jubilación, salvo que no se pudiera acceder a ella por no alcanzar el periodo de cotización que se requiere.
DURACIÓN Y CUANTÍA:

La duración depende de las cotizaciones realizadas dentro de los 6 años anteriores a la fecha de emigración, siempre que no se hayan tenido en cuenta para una prestación ante­rior.

En caso de haber trabajado a tiempo parcial, cada día se considera como un día cotizado, sin tener en cuenta la jornada.

tabla

El importe diario de la prestación por desempleo durante los seis primeros meses es el 70 % de la base reguladora (calculada según las bases de contingencias profesionales de los 180 últimos días cotizados, exceptuando las horas extraordinarias), y el 50 % a partir del día 181 hasta el fin de la prestación.

CUÁNDO Y DÓNDE TRAMITARLA:

Es importante tener en cuenta que la inscripción como demandante de empleo en la oficina de empleo correspondiente por  domicilio, en los quince días hábiles siguientes a la fecha de retorno del ex­tranjero (es aconsejable aportar el billete de regreso u otro documento que lo justifique).

¿QUE PODEMOS HACER POR TÍ?

Si tienes dudas al respecto, puedes contactar con nosotros y nuestro equipo especializado en internacionalización te asesorará y te dará más información al respecto a la solicitud de desempleo si has trabajado en el Reino Unido y quieres volver a España

NUEVOS REQUISITOS Y CONDICIONES DE ENTRADA A ESPAÑA POR LA COVID-19

El sábado 21 de mayo de 2022 se publico en el BOE la Orden INT/452/2022, de 20 de mayo, por la que se modifica la Orden INT/657/2020, de 17 de julio.

Desde el 21 de mayo de 2022, podrán entrar a España, con independencia del motivo de su viaje, todos los extranjeros que estén provistos de alguno de los tres siguientes certificados:

     1. Menores de 12 años, no necesitan nada

     2. Mayores de 12 años necesitarán:

  • CERTIFICADO DE VACUNACIÓN. Se aceptarán los certificados expedidos por las autoridades competentes del país de origen a partir de los 14 días posteriores a la fecha de administración de la última dosis de la pauta vacunal completa, siempre y cuando no haya transcurrido más de 270 días desde la fecha de administración de la última dosis de dicha pauta. El certificado de vacunación con pauta completa de los menores de 18 años no tiene fecha de caducidad.

 

  • CERTIFICADO DE DIAGNÓSTICO. Se aceptarán aquellos con resultado negativo, cuya toma de muestra haya sido obtenida dentro de las 72 horas previas a la salida a España en el caso de las pruebas de amplificación de ácido nucleico o dentro de las 24 horas previas a la salida a España en el caso de los tests rápidos de antígenos.

 

  • CERTIFICADO DE RECUPERACIÓN. Se aceptarán como válidos los certificados de recuperación expedidos por la autoridad competente o por un servicio médico como mínimo 11 días después de la realización de la primera prueba diagnóstica NAAT o test rápido con resultado positivo. El certificado tendrá una validez de 180 días después de la fecha del primer resultado positivo.

 

Además de alguno de los certificados mencionados, aquellos viajeros que no dispongan de un Certificado COVID Digital de la Unión Europea o equivalente deberán cumplimentar antes del inicio de su viaje, un formulario de control sanitario.

 

Si tienes dudas al respecto, puedes contactar con nosotros y nuestro equipo especializado en internacionalización te asesorará y te dará más información al respecto de las restricciones de entrada a España.